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Fusión entre Farmacenter y Farmacias Catedral: ¿Qué evalúa CONACOM?

La integración entre ambas cadenas ya fue notificada a la Comisión Nacional de la Competencia (CONACOM), que deberá evaluar si la operación cumple con las condiciones previstas en la Ley de Defensa de la Competencia antes de autorizar su consumación. La fusión daría origen a una red con más de 450 puntos de venta en todo el país.

Fusión entre Farmacenter y Farmacias Catedral: ¿Qué evalúa CONACOM?
Sofía CéspedesSofía CéspedesPERIODISTA04 de agosto de 2026·

Las asambleas de accionistas de Cadena Farmacenter S.A. y Farmacias Catedral S.A. aprobaron por unanimidad la fusión de ambas empresas, en una operación que, de concretarse, dará origen a una de las mayores redes de farmacias del Paraguay, con más de 450 sucursales.

A través de un comunicado conjunto, ambas compañías señalaron que la integración constituye un paso estratégico que permitirá combinar sus fortalezas, experiencia y capacidades para ampliar la cobertura, fortalecer su oferta de productos y servicios y mejorar la atención a los clientes.

No obstante, la operación todavía no puede concretarse. Las empresas informaron que la fusión fue notificada a la Comisión Nacional de la Competencia (Conacom) y que su consumación dependerá de la autorización del organismo encargado de velar por el cumplimiento de la Ley de Defensa de la Competencia.

En conversación con Agenda Legal, el presidente de la Conacom, Eduardo Barros, confirmó que la notificación fue presentada semanas atrás y que actualmente el expediente se encuentra en la Dirección de Investigación, donde se realiza el análisis técnico correspondiente previo a la decisión de la autoridad.

Qué analiza la CONACOM

La revisión de este tipo de operaciones está prevista en la Ley N.º 4.956/2013 de Defensa de la Competencia, que regula las denominadas operaciones de concentración económica.

La norma considera que existe una concentración cuando dos o más empresas, que hasta ese momento actuaban de manera independiente, deciden fusionarse, adquirir el control de otra compañía o realizar operaciones que impliquen una integración empresarial.

El objetivo del control previo no es impedir las fusiones, sino verificar que éstas no produzcan efectos que puedan restringir significativamente la competencia o afectar el funcionamiento del mercado.

Por ese motivo, determinadas operaciones deben ser notificadas obligatoriamente a la Conacom dentro de los diez días siguientes a su celebración para que la autoridad evalúe sus posibles impactos.

Cuándo la ley exige notificación

La legislación establece que la notificación es obligatoria cuando se verifica al menos una de dos condiciones. La primera ocurre cuando, como consecuencia de la operación, las empresas involucradas alcanzan o superan una participación igual o superior al 45 % de un determinado mercado.

La segunda se produce cuando la facturación bruta global del conjunto de las empresas participantes supera el equivalente a 100.000 salarios mínimos mensuales en el último ejercicio contable.

En estos casos, la Conacom analiza la operación antes de que pueda perfeccionarse, con el propósito de determinar si la concentración podría afectar la competencia, limitar el ingreso de nuevos actores o generar una posición que perjudique el funcionamiento del mercado.