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Trámites societarios migran de SIMPLE a SIARA: ¿qué cambia para las empresas?

El MEF trasladó al SIARA trámites que antes se gestionaban mediante la Abogacía del Tesoro. La modificación centraliza los procesos societarios en una sola plataforma, pero profesionales advierten que la capacidad de análisis y los tiempos de respuesta siguen siendo un problema para las empresas.

Trámites societarios migran de SIMPLE a SIARA: ¿qué cambia para las empresas?
Sofía CéspedesSofía CéspedesPERIODISTA22 de septiembre de 2026·

Desde el 21 de septiembre, las empresas que necesiten modificar sus estatutos, registrar transferencias, actualizar autoridades o comunicar su disolución deben realizar estos trámites a través del Sistema Integrado de Registro Administrativo (SIARA), luego de que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) trasladara a esta plataforma operaciones que hasta ahora se gestionaban mediante el sistema SIMPLE de la Abogacía del Tesoro.

El cambio amplía las funciones del SIARA, que hasta ahora concentraba principalmente las comunicaciones sobre beneficiarios finales y el registro administrativo de personas y estructuras jurídicas. Con la nueva etapa, también pasan por esta plataforma distintas operaciones vinculadas con la vida de una sociedad, como su inscripción, modificaciones, transferencias, elección de autoridades y disolución.

La medida alcanza a sociedades anónimas (SA), sociedades de responsabilidad limitada (SRL), sociedades anónimas emisoras, sociedades anónimas emisoras de capital abierto, sociedades constituidas en el extranjero y sociedades comanditarias por acciones.

Esto significa que las empresas y los profesionales que gestionan sus trámites societarios deberán utilizar SIARA para comunicar los cambios que se produzcan en la estructura o situación de la sociedad.

El traslado forma parte de la implementación progresiva del SIARA bajo la Ley 6446/2019, que establece el registro administrativo de personas y estructuras jurídicas y de beneficiarios finales. Con esta incorporación, el sistema pasa a intervenir en más etapas de la vida societaria, desde la inscripción hasta modificaciones y procesos de disolución.

La contadora Nadia Ayala explicó a Agenda Legal que el cambio de plataforma no modifica sustancialmente las obligaciones de las empresas. “No es nada de otro mundo, es cambiar de sistema”, dijo. Sin embargo, señaló que el principal inconveniente está en los tiempos que puede llevar el análisis de las presentaciones.

Mencionó que los trámites ingresados al SIARA pasan por una revisión antes de que la empresa pueda obtener la constancia correspondiente. De acuerdo a su experiencia, una presentación puede permanecer alrededor de un mes en análisis hasta recibir la aprobación o el rechazo del analista. Esto representa una diferencia respecto al procedimiento anterior, en el que determinadas gestiones podían generar la constancia con mayor rapidez.

La demora tiene un efecto que va más allá del trámite administrativo, porque las empresas necesitan esas constancias para acreditar que cumplieron con sus comunicaciones societarias y, en determinados casos, para continuar otras gestiones, incluso ante entidades financieras. Por eso, una presentación pendiente de análisis puede terminar condicionando operaciones posteriores de la compañía.

Ayala señaló además que el volumen de sociedades incorporadas al sistema no estaría acompañado por una cantidad suficiente de analistas para procesar las solicitudes. El problema, por lo tanto, no estaría en la digitalización en sí, sino en la capacidad de respuesta frente al volumen de trámites que debe revisar la administración.

El nuevo esquema concentra así en una misma plataforma una parte cada vez mayor de las obligaciones vinculadas con las sociedades. Para las empresas, el beneficio esperado es contar con un canal único para gestionar estas comunicaciones; el punto que queda por evaluar es si esa centralización también permitirá reducir los tiempos de respuesta.